CNT Galicia
- El Ayuntamiento de Cangas realiza contratos temporales para tareas que son de carácter estructural, habitual y permanentes.
- Los puestos cubiertos para la limpieza del Ayuntamiento, ocupados mayormente por mujeres, se cubren con contratos de 6 meses, mientras que los puestos de peón de obras o peón de limpieza viaria, mayoritariamente realizados por hombres, no tienen esta temporalidad.
La CNT denuncia la temporalidad y precariedad de los trabajadores y, especialmente, de las trabajadoras del Ayuntamiento de Cangas. Los representantes públicos de esta localidad realizan contratos temporales para puestos de trabajo que desenvuelven tareas habituales, estructurales y permanentes. De esta forma, se comete un fraude de ley en la contratación mediante contratos eventuales por circunstancias de la producción que en realidad deberían ser contratos fijos.
Sin embargo, este fraude en la contratación no tiene la misma repercusión en todo el personal público. Los incumplimientos son especialmente flagrantes para las trabajadoras del servicio de limpieza del Ayuntamiento. En este caso, sus contratos están absolutamente delimitados a 6 meses. Una vez acabado este periodo, deben acudir de nuevo a una bolsa de trabajo y esperar a ser llamadas otra vez. En el caso de los peones de limpieza o peones de obra, a pesar de firmar contratos temporales, estos no están sujetos a un periodo de tiempo tan breve. Así, “este personal laboral temporal goza de una mayor estabilidad en el empleo, desde el momento en el que no se dispone de una lista de llamamientos temporales para su cobertura”. Se incurre aquí, por tanto, en una discriminación indirecta en el modo de contratación.
Además de esta primera discriminación, las trabajadoras del Ayuntamiento tienen que asumir una diferencia salarial que las sitúa diez años por detrás de los empleados de limpieza de la vía pública. Mientras que el personal del servicio de limpieza viaria está encuadrado en un nivel 14, el personal de limpieza del Ayuntamiento solamente alcanza el nivel 12. La cantidad económica percibida por las trabajadoras del servicio de limpieza de edificios públicos del Ayuntamiento es exactamente la misma que la percibida por los empleados del servicio de limpieza viaria en el año 2010. Incurre aquí el Ayuntamiento en una discriminación indirecta en la retribución salarial.
Desde la CNT consideramos inadmisible este tipo de trato y discriminación por razón de sexo. Por este motivo, estaremos el próximo 4 de julio en Cangas en un acto público explicando los incumplimientos del gobierno municipal para que la clase trabajadora cuente con la información necesaria.
Publicado en CNT