- Nuevamente la Xunta se ve obligada a retirar una plaza de la OPE.
- Reconocido tramo 1 de consolidación a la trabajadora de Política Social.
- La CNT viene de obtener una nueva sentencia judicial en favor del reconocimiento del derecho de consolidación de una trabajadora de la Consellería de Política Social.
En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia se reconoce el derecho a la consolidación de tramo 1 por el hecho de tener una antigüedad anterior a 1-7-1997 y obliga a la Xunta a la retirada de la plaza de la oferta de empleo público donde constaba publicada.
Esta nueva sentencia se suma a las ya muchas existentes relativas al proceso de consolidación que reconocen derecho de reserva de plaza para este proceso a numeroso personal que no puede ser cesado de otra forma que no sea con la aplicación de dicho proceso de consolidación.
El proceso de Consolidación está recogido en el Convenio colectivo para el personal laboral de la Xunta de Galicia y regulado en el Acordo para la ordenación y mejora del empleo público en el ámbito de la Administración de la Xunta de Galicia del 21 de abril de 2008 está dirigido al personal laboral temporal (por obra) e indefinido con antigüedad anterior a 1-1-2005. Está dividido en 2 tramos:
Tramo 1: antigüedad anterior al 1-7-1998. El proceso consistirá en un concurso de méritos. El personal se encuentra en la actualidad equiparado a personal fijo de convenio. No existe convocatoria.
Tramo 2: antigüedad entre 1-7-1998 y 1-1-2005. El proceso consiste en un concurso-oposición abierto. Fue convocado en la OPE 2017 (DOG 12-12-17).
Desde la CNT se indica al personal afectado que de no tener “explícitamente” reservada la plaza para la consolidación, NO tiene reconocido el derecho y debería reclamar individualmente en el juzgado la inclusión en el proceso de Consolidación ante los incumplimientos reiterados de la Xunta de Galicia.
Información sobre: los procesos y derechos del personal público temporal
Reclamaciones de fijeza para el personal temporal
Publicado en CNT